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Ciudadanía Americana por Nacimiento

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La ciudadanía americana por nacimiento, o conocida con el nombre de jus soil, es una de las formas más comunes de obtener la nacionalidad estadounidense. El único requisito indispensable es haber nacido dentro de los 50 estados americanos o dentro de los territorios y naciones que pertenecen a la jurisdicción de los Estados Unidos, como lo son:

  • Puerto Rico.
  • Islas Vírgenes Americanas.
  • Guam
  • Islas Marianas del Norte.

Solo quedan exentos los hijos de diplomáticos porque los trabajadores de los Consulados no están sujetos a la jurisdicción de Estados Unidos.

¿Puedo obtener la Ciudadanía americana si mis padres no son estadounidenses?

La respuesta a esta pregunta es si, porque existe una enmienda en la constitución que expresa que cualquier bebé que nazca dentro del territorio estadounidense obtendrá la ciudadanía, sin importar si sus padres son ciudadanos legales o no dentro del territorio americano. Estos casos suelen pasar con familias que radican temporalmente en estados unidos por trabajo y tienen hijos dentro de la nación.

Es de suma importancia que al niño se le gestione el certificado de nacimiento, el numero seguro social y al año es necesario realizarle el pasaporte americano, ya que si se va del país y después quiere volver a entrar sin estos documentos podrá tener problemas legales.

¿Puedo obtener la Ciudadanía americana si soy hijo/a de americanos?

No siempre se obtiene la ciudadanía americana teniendo un padre o ambos nacionalizados en Estados Unidos. Existen 2 casos por los cuales los hijos podrían obtener la ciudadanía:

  • Si uno de los padres se ha naturalizado en Estados Unidos, los hijos menores de edad pasan a ser ciudadanos americanos. Si los hijos son mayores de 18 años deberán realizar la solicitud de ciudadanía al igual que otros inmigrantes.
  • En caso de que uno de los padres sea ciudadano americano los hijos nacidos en otras naciones pasan a ser ciudadanos americanos de forma instantánea siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos:
    • Si o si uno de padres, sean hereditarios o adoptivos, tiene que ser ciudadano de Estados Unidos, ya sea por nacimiento o por naturalización.
    • El hijo debe ser menor de 18 años.
    • El hijo es residente legal dentro de los Estados unidos.
    • El hijo luego debe residir en Estados Unidos bajo la custodia legal y física de uno de los padres.

Casos por los cuales no pueden obtener la ciudadanía americana

Solamente en los casos donde personas extranjeras lleguen al país para tener sus hijos pasaran por una evaluación migratoria donde allí se verificara si la persona proveniente del exterior tiene los ingresos suficientes para solventar el nacimiento del niño/a, además se valorará si solo viene para tener su hijo en los estados unidos y no busca vivir en el país se le puede negar el acceso al país.

¿Qué entiende la constitución americana por Hijo?

Es necesario esclarecer que se entiende por la definición de «hijo» para no tener inconvenientes a la hora de realizar la ciudadanía americana.

De forma general la enmienda estadounidense comprende que un “hijo” para propósitos de ciudadanía y naturalización es una persona soltera que puede tener estas características:

  • Hijo hereditario, legitimado o adoptado de un ciudadano estadounidense.
  • Hijo de una madre gestacional (alquiler de vientre) que tiene nacionalidad estadounidense y es reconocida por la nación como la madre legal del niño.

Hijos de estadounidenses establecidos en el exterior

Si tu hijo reside en un país por fuera de los Estados Unidos puede acceder a la naturalización de la ciudadanía cumpliendo con las siguientes condiciones:

  • Debe tener padres con nacionalidad estadounidenses.
  • El padre ciudadano estadounidense del hijo o el abuelo cumple con ciertos requisitos de presencia física en Estados Unidos o en sus territorios.
  • El hijo tiene que ser menor de 18.
  • El hijo vive en el exterior pero está bajo la custodia legal de los padres ciudadanos de Estados Unidos.
  • Al momento de hacerse la ciudadanía debe presentarse de forma física en Estados Unidos y debe aprobar la solicitud y el formulario. Solamente podrán hacerlo a la distancia los hijos de militares estadounidenses.

Pasos y requisitos para obtener la ciudadanía americana

Para los hijos que tengan que realizar la solicitud para acceder a la ciudadanía americana les dejamos cuales son estos requisitos y pasos necesarios que deberán cumplir.

  1. Tener más de 18 años.
  2. Presentarte de forma física en los Estados Unidos.
  3. Deberá vivir algunos meses en Estados Unidos.
  4. Llenar el formulario N-600 para tu solicitud.
  5. Realizarte dos fotografías (Tipo carné)
  6. Abonar el costo del formulario.
  7. Solicitar una Cita de identificación, en donde El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos revisara tus datos y te tomara los biométricos para verificar y validar tu identidad.
  8. Presentarte a la entrevista, la misma tiene una serie de pasos que seguir:
    • Tenes que contestar preguntas personales.
    • Deveras realizar un examen de naturalización que se compone de preguntas cívicas e históricas.
    • Realizar un examen de idioma. Este cuenta con 3 instancias que se deben aprobar: Oral/ escrito/ lectoescritura.
  9. Posteriormente se te solicitara para efectuar el juramento de responsabilidad con la nación estadounidense.
  10. Es necesario solicitar la gestión del pasaporte de ciudadano.

Te sugerimos tener en cuenta que para aquellas personas que tienen hijos no naturalizados se solicitará la información inmigración o datos de residencia de los hijos.

Formulario N-600

El Formulario N-600 es el solicitado para presentar para obtener la ciudadanía por nacimiento. Puedes presentar este formulario si naciste en el extranjero y estas declarado ser ciudadano estadounidense a través de tus padres. Asimismo puede presentar este formulario para obtener evidencia de ciudadanía si se convirtió en ciudadano de Estados Unidos luego de su nacimiento. Tener en cuenta que los padres puede presentar este formulario a nombre de su hijo menor.

Consejos para completar el Formulario N-600

Deberá completar todo el formulario de forma correcta, ya que el mismo puede ser rechazado por manejo de mala información. Siga los siguientes pasos para llenar el formulario:

  • Información Acerca de su Elegibilidad:
    • Señalar una sola casilla en la Parte 1.
    • Realizar su firma como solicitante.
  • Si la persona que completa el formulario es el padre o madre del/ la menor deberá firmar la parte 8.
  • Si la persona que completa el Formulario N-600 lo hace a nombre de un solicitante, debe completar y firmar la Parte 10 (Información de Contacto, Declaración y Firma de la Persona que Preparó este Formulario por Usted).
  • Si desea presentar el formato de forma física, deberá notificarlo y recibirá un correo postal de la cuenta USCIS, sobre cómo proceder con la creación de una cuenta en línea para dar seguimiento de su caso.
  • Tené presente que es imprescindible que firmes el formulario.

Estos trámites puede ayudarle a resolver la ciudadania americana por nacimiento: